SANTO DOMINGO.- Con la mayoría de votos, el Tribunal Constitucional (TC) declaró el martes como inadmisible el recurso de inconstitucionalidad que buscaba anular la disposición que impide que el presidente Luis Abinader aspire nuevamente a la Presidencia de la República más allá del 2028.


El recurso depositado por el ciudadano Aquiles Jiménez Fernández, fue rechazado mediante la sentencia TC/0407/25, por considerar que no es posible someter a control de constitucionalidad una norma contenida en el propio texto constitucional, en virtud de que la Constitución no puede ser contraria a sí misma.


Declara inadmisible la acción directa en inconstitucionalidad interpuesta por el señor Aquiles Jiménez Fernández contra la décima disposición transitoria de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre del 2024, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente decisión”, dice la sentencia.

Sobre recurso de Aquiles Jiménez Fernández

Jiménez Fernández solicitaba a los jueces del alto tribunal declarar la disposición como inconstitucional ya que, según su criterio, esta va en contra de los artículos 39, 22, 110 y 120 de la Constitución de la República.

También pedía que dicha disposición no sea aplicada para el proceso electoral del 2028, para que así se garantice que cualquier ciudadano que cumpla con los requisitos constitucionales pueda postularse sin ninguna dificultad.


Asimismo, que ordenara garantizar el principio de igualdad y no discriminación en el ejercicio de los derechos políticos, conforme a la Constitución y a los tratados internacionales ratificados por la República Dominicana.